11 Derechos que tu jefe no quiere que sepas. Comparte ─ Badabun

11.- Aguinaldo

La me ntabl em ente son muchas las personas que le nie gan esta prestación a sus trabajadores, sin embargo, es importante que sepas que tienes derecho al pago de 15 dias de trabajo mismos que te deberán ser dados antes del 20 de Diciembre. Y En caso de que no hayas trabajado el año completo, tu patrón esta oblig ado a pagarte la parte proporcional al tiempo que hayas trabajado.

10.- ¿Desp ido inj u st ifi cado?

Si tu patrón te corre injusti ficad ame nte tiene la obligación de pagarte tres meses de trabajo, prima dominical, vacaciones aguinaldo, utilidades y 20 días de salario por cada año que hayas trabajado con el. Ahora que si eres tú quien decide renunciar, entonces solo tendrás derecho a los salarios que corresponden a los días laborados y que no te hayan pagado, asi como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y utilidades. No dejes que estos abu sivo s hagan lo que quieran contigo y rec la ma lo que te corresponde.

9.- Firma de Contrato

No importa si eres un trabajador sindicalizado o de confianza, siempre de be haber un contrato de por medio, en el que se especifiquen las condiciones y lugar de trabajo, la duración de tu jornada, cómo, cuándo y cuánto te van a pagar, así como tus vacaciones. Pero ojo, el que no exista un contrato, no significa que no tengas derechos, asi que no te dejes int im i dar por tu patrón por el hecho de que no haya un papel firmado, por el contrario, la in ex iste nc ia del mismo le af e cta a él no a ti.

8.- Prima Dominical

¿Eres de los que trabajan los domingos? Entonces necesitas saber que tu patrón tiene la obligación de pa g rte un monto adicional del 25% sobre tu salario diario por este dia trabajado.

7.- Días de de sc anso

si tu jefe es de los que constantemente te pide que vayas a trabajar tu dia de descanso es importante que sepas que debe pagarte el doble por dicho dia. Si, asi es, sea cual sea tu trabajo, tienes derecho a go zar de por lo menos un dia de descanso con goce de sueldo, asi como de los días festivos. Y aunque no es ilegal que tu jefe te pida que los trabajes, su obligación es pagarte el doble mas el salario que te corresponde por el descanso, es decir, 3 salarios por dia de descanso trabajado

6.- Utilidades

Todo trabajador tiene derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa en la que se encuentra, siempre y cuando tengas trabajando en ella 60 dias y no importa, si ya te sali ste, si trabajaste mas de este tiempo tienes derecho a regresar y rec lam arla s.

5.- Vacaciones y prima vacacional

4.- Antigüedad

Desafortunadamente esta no a todos nos corresponde, pues
Se trata de un pago adicional a los trabajadores que renuncian voluntariamente y que duraron trabajando por lo menos 15 años en la empresa. Pero ¿cómo se paga? Es sencillo, por cada año trabajado, tiene derecho a recibir el pago de 12 dias, por ejemplo por 15 años le corresponde el pago de 180 dias de sueldo.

3.- Gastos de matrimonio

Esto es un beneficio que muy pocos conocen, pero del cual todos podemos gozar. Si vas a casarte y estás dado de alta en el IMSS tienes derecho a que te paguen 30 días de salario mínimo como un apoyo para poder cubrir los gastos de la boda, ahora que si tu pareja también trabaja y esta dada de alta, ambos pueden obtener dicho beneficio.

2.- Maternidad

Ser mujer y mamá no debe ser un pro bl m a en tu trabajo, si llegaras a embarazarte mientras trabajas no debes pr eo c up ar te, tienes derecho a un descanso de seis semanas anteriores y otras seis semanas posteriores al pa rt o, durante las cuales debes recibir tu salario integro. También tienes derecho a disfrutar del periodo de lactancia por hasta 6 meses, lo cual significa que puedes tomarte dos descansos al dia de 30 minutos cada uno o bien, salir una hora mas temprano.
Tú decides como quieres hacer val er este derecho.

1.- Paternidad

Pero esto también aplica a los hombres, quienes tienen derecho a un descanso de cinco días laborables con goce de sueldo a partir del nacimiento de su hijo o hija.
Recuerda que solo tu puedes rec l am ar tus derechos, así que no te dej es y re cla m a lo que es jus to.

"VOZ" por Victor González
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